El IMAT considera la variación de los insumos de mayor preponderancia en el costo de los servicios municipales: a) variación del salario de los empleados municipales, con un factor de ponderación del 75% y b) precio del gasoil grado 3 en surtidor en el ejido municipal, con un factor de ponderación del 25%. La Ordenanza también establece que el incremento del MF no podrá exceder en más al porcentaje de incremento interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).